El Tribunal Supremo de Reino Unido zanja la polémica: “Mujer” se define por el sexo biológico
El Tribunal Supremo británico ha emitido un fallo histórico que redefine el significado de “mujer” en la Ley de Igualdad, estableciendo que se refiere al sexo biológico. Esta decisión pone fin a una prolongada batalla legal impulsada por la organización “For Women Scotland”, que cuestionaba la interpretación del gobierno escocés sobre la inclusión de mujeres trans en cuotas de paridad.
Aunque el dictamen ha sido unánime, los magistrados enfatizan que no debe interpretarse como una victoria absoluta para ninguna de las partes. La Ley de Igualdad de 2010 ya protege a las personas transgénero contra la discriminación, garantizando sus derechos.
“For Women Scotland”, la organización demandante, celebra este fallo como un triunfo legal. Su contienda se originó tras la decisión del gobierno escocés de incluir a mujeres trans en las cuotas destinadas a equilibrar la representación de género en puestos públicos.
En palabras textuales del tribunal, “los términos ‘mujer’ y ‘sexo’ en la Ley de Igualdad de 2010 se refieren a una mujer biológica y al sexo biológico”. Esta declaración, fruto de un complejo análisis legal, sienta un precedente importante.
Miembros de “For Women Scotland” festejaron la decisión frente a la sede del Tribunal Supremo en Westminster, Londres, culminando una campaña que comenzó en 2018.
La trascendencia de este fallo radica en sus potenciales implicaciones. Una definición diferente de “mujer” podría haber afectado a espacios segregados por sexo, demandas de igualdad salarial, políticas de maternidad y la participación en eventos deportivos.
Desglosando el dictamen: los puntos clave
Lord Hodge, al presentar el dictamen, aclaró que la Ley de Igualdad de 2010 protege a las personas transgénero contra la discriminación, tanto por su “reasignación de género” como por discriminación directa o indirecta en su género adquirido.
Sin embargo, el fallo especifica que una persona con un Certificado de Reconocimiento de Género (CRG) en el género femenino no se considera “mujer” bajo la Ley de Igualdad de 2010, invalidando así la postura legal del gobierno escocés.
El gobierno escocés argumentaba que las personas trans con un CRG debían gozar de las mismas protecciones y derechos basados en el sexo, mientras que “For Women Scotland” defendía que estos derechos debían aplicarse únicamente a las mujeres de nacimiento.
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