Larraín Vial y Consorcio: Multados por Interlocking

¡Escándalo Financiero! TDLC Multa a Larraín Vial, Consorcio y Hurtado Vicuña por Prácticas Anticompetitivas



El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ha sacudido el mundo financiero chileno al fallar en contra de Larraín Vial SpA, Consorcio Financiero S.A. y Juan José Hurtado Vicuña. ¿La razón? Haber infringido la ley de *interlocking*, una norma clave que busca prevenir la concentración de poder y asegurar la competencia leal en el mercado. Esta decisión marca un hito en la aplicación de esta normativa en Chile.

La sentencia del TDLC es contundente: el *interlocking*, o la participación simultánea de una persona en la dirección de empresas competidoras, es una infracción “per se”. Esto significa que no es necesario demostrar un daño real al mercado para que la conducta sea considerada ilegal. Basta con la existencia de esta superposición en los cargos directivos. Las multas impuestas superan los $2.500 millones, distribuidos de la siguiente manera: Hurtado Vicuña deberá pagar $65 millones, Consorcio $974 millones y Larraín Vial $1.602 millones.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) había solicitado multas aún mayores, pero el TDLC ajustó los montos. Sin embargo, el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, celebró el fallo como un precedente crucial. Subrayó que la decisión del TDLC establece que la simple participación simultánea en empresas competidoras es un riesgo suficiente para la libre competencia, justificando una prohibición absoluta y sanciones inmediatas.

¿Qué sigue ahora? Los sancionados tienen la posibilidad de apelar a la Corte Suprema, buscando revertir la decisión del TDLC. La batalla legal está lejos de terminar.

Este fallo sienta un precedente importante en la interpretación de la ley de *interlocking* en Chile. El TDLC enfatiza el carácter preventivo de la norma, instando a las empresas a ser proactivas en la identificación y eliminación de estructuras de gobierno corporativo que puedan infringir la legislación.

Según el fallo, Juan Hurtado Vicuña ocupó cargos directivos en ambas compañías competidoras entre febrero de 2017 y abril de 2019. El TDLC dictaminó que esto constituía un caso claro de *interlocking* horizontal directo, una infracción “per se” donde el riesgo para la competencia es suficiente para justificar la sanción.

El TDLC rechazó las defensas presentadas por las empresas y el director, incluyendo argumentos sobre prescripción y la aplicación del principio de confianza legítima. En particular, el tribunal fue enfático al señalar que la protección de la confianza legítima no puede aplicarse cuando la interpretación de la ley ha sido objeto de debate público y opiniones contradictorias.

Además, el TDLC reafirmó que el concepto de “empresa” en este contexto se refiere a la unidad económica y no solo a la persona jurídica. Esto significa que las filiales de Consorcio y Larraín Vial se consideran parte de una única unidad de decisión en el mercado.

Opiniones Divididas en el Tribunal

La resolución del TDLC no fue unánime. La mayoría de los ministros, María de la Luz Domper, Martín Illanes y María de los Ángeles Montes, votaron a favor de la sanción, argumentando que la participación simultánea de Hurtado Vicuña cumplía con todos los requisitos legales para configurar la infracción. Consideraron que la existencia de grupos empresariales con control sobre corredoras de bolsa competidoras justificaba la conclusión de que existía una única unidad económica en cada caso.

El ministro Ricardo Paredes Molina votó en contra, argumentando que la FNE no logró probar los efectos anticompetitivos de la conducta, lo que, en su opinión, era necesario para justificar una sanción.

Para este caso, Larraín Vial contó con la asesoría legal de Julio Pellegrini, María Jesús Cifuentes y Cristóbal Ureta, mientras que Juan Hurtado fue representado por Alfredo Alcaíno, y Consorcio Financiero por Cristóbal Eyzaguirre y Santiago Bravo.

Este caso de *interlocking* y la posterior sanción del TDLC son un claro recordatorio para las empresas chilenas: la libre competencia es un pilar fundamental de la economía, y las prácticas que puedan ponerla en riesgo serán severamente castigadas. Estaremos atentos a la apelación ante la Corte Suprema y a las implicaciones futuras de este fallo histórico. #LibreCompetencia #TDLC #LarraínVial #ConsorcioFinanciero #Interlocking #Chile #Economía

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